jueves, 16 de agosto de 2012

TÉCNICAS DE INTERROGATORIO EN JUICIO

Éste es un artículo dirigido especialmente al uso forense, creo que casi el único que he escrito de ese tipo, pero no dudo que puede resultar interesante a todos aquellos "legos" con los que habitualmente departo sobre la temática. La forma de interrogar en un juicio es un tema jugoso y del que se ha hablado muy poco en la doctrina continental, todavía reacia a adoptar la pericia anglosajona del cross examination. Yo voy a comentar un poco de mis directrices personales, y siempre ilustrado por la terminologia de las escasas lecturas -insisto, casi no hay disponibilidad- que hice al empezar mi ejercicio en la abogacía. Todo ello de forma muy sucinta por las clásicas cuestiones de espacio, y recalcando que se trata de unas preferencias estrictamente particulares del que suscribe.

El único antecedente que hemos de tener claro es que la preparación y conocimiento sobre el fondo del asunto, de las personas que nos disponemos a inquirir y de sus eventuales motivaciones, constituye una mejor baza que cualquier habilidad dialéctica del letrado; y va a marcar inexorablemente nuestro hipotético éxito profesional. 
Vamos a situar la escena en el interrogatorio de un testigo "no de parte", es decir, aquel que no ha sido presentado ni "preparado" por nosotros. En esa tesitura, ya hay que hacer una pequeña clasificación dependiendo de si es: un testigo veraz (en el sentido que profesa "su" verdad de los hechos de forma correcta), un testigo involuntariamente inveraz, o un testigo deliberada y conscientemente falso. El primero de ellos exige la mayor cautela, el segundo precisa de nuestras mayores habilidades y el tercero requiere de una exponencial agresividad.

Por norma general, yo adopto 3 estrategias dependiendo de su exposición:
   -Restar importancia a su testimonio: no atacamos su relato fáctico, no contraponemos elementos que desvirtúen su declaración...simplemente nos limitamos a infravalorar el nivel probatorio de lo expuesto. No es lo suficientemente importante para destruir la presunción de inocencia
  -Atacar frontalmente su relato de hechos: en este caso, y habiendo surgido los elementos incriminatorios en la diligencia testimonial, mi labor se concentra en inducir situaciones de duda al ente ponderador. No hay que discutir su capacidad de imputación, si no que tales circunstancias sean ciertas y ello por las percepciones erradas involutariamente del declarante; y siempre en atención a las características físicas de la razón de su conocimiento.
   -Desacreditar la credibilidad del testigo: en tal escenario, me toca abordar la veracidad subjetiva del individuo que esta deponiendo en sede oral; el contenido de su exposición es incriminatorio pero es manifiesta y dolosamente falso. Hemos de buscar su móvil espurio y revelarlo en juicio. Miente y lo hace por un determinado motivo.

Para adoptar estas funcionalidades, nuestras preguntas pueden revestir otras 3 formas: preguntas conductoras,preguntas sugestivas y preguntas capciosas.
 Voy a ilustrar con un ejemplo cada una
  -Las preguntas conductoras (leading questions): en realidad, estamos ante afirmaciones de carácter interrogativo, la respuesta se halla presente en la pregunta y su contestación casi siempre se podrá reducir a un sí o no.
Ejemplo ¿ Los agresores le golpearon en la espalda con algún objeto contundente? ¿Es exacto, por lo tanto, decir que en ningún momento usted pudo ver quien le agredía? Aquí tenemos una clásica leading question, se le infiere al testigo la respuesta mediante la pregunta, el resultado del interrogatorio está lo más controlado posible por el letrado. En realidad, soy yo el que construye la información.

 -Las preguntas sugestivas: serian una tipología muy próxima a las de tipo conductor, pero que debido a las circunstancias - muchas veces nuestra propia falta de información- no podemos concretar tanto para reducir a una aserción meramente negativa o positiva.
 Ejemplo. ¿Usted en que momento fue agredido por la espalda? ¿Cuando pudo girarse y ver la huida de los agresores?. Estas dos preguntas revelan y tienen por meritada una determinada información, la primera implica que el testigo fue agredido por la espalda, mientras la segunda viene señalando que tampoco pudo ver la identidad del atacante en el momento del golpe. Ambas son indubitadamente sugestivas y avanzan la réplica. En caso contrario, otro abogado podría decir ¿Como fue usted agredido? ¿Pudo comprobar la identidad de sus agresores? Así estamos dejando fuera de nuestro control la eventual contestación, y violando la que para mi es la regla de oro, "nunca hagas la pregunta clave si no sabes la respuesta".

- Las preguntas capciosas: se desarrolla la técnica interrogativa de sugestión pero con un elemento incierto, falso, creado artificiosamente por el letrado. No están permitidas en nuestro ordenamiento y son una clara violación del correcto comportamiento deontológico.
Ejemplos posibles en relación con las anteriores ¿Usted cayó al suelo cuando fue agredido por la espalda con una piedra? ¿Usted pudo ver a quien le golpeó por la espalda confundiéndole con la persona que acaba de robarle?.  El testigo no sabe si le agredieron con una piedra (hemos hablado antes de un objeto contundente), tampoco conocería si fue atacado por equivocación en un acto de legitima defensa. El letrado crea -maquiavélicamente- un escenario que pueda ser favorable a sus pretensiones y que pueda corroborarse mediante la prueba testifical.

Tenemos claras las diferentes estrategias a adoptar en la valoración de las declaraciones , hemos clasificado los tipos de testigos existentes y su consecuente interacción, y por último se ha visto que tipo de preguntas pueden ayudarnos en nuestros interrogatorios. Evidentemente, todo constreñido en unas pocas lineas, pero volveré a desarrollar algunas de estas cuestiones con mayor profundidad en venideros artículos. Tener el despacho abierto en agosto me permitirá eso y mucho más.


5 comentarios:

  1. Otra gran entrada de este sobresaliente blog. Enhorabuena letrado

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  2. Enhorabuena José Manuel, muy útil tu artículo.gracias compañero por compartirlo

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  3. Enhorabuena José Manuel, muy útil tu artículo.gracias compañero por compartirlo

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    1. Anda! Pues sí que era antigua esta entrada. Me alegro que te haya sido útil. Un saludo.

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