martes, 26 de junio de 2012

DELITO Y CONTROL SOCIAL.


Con este título he estado realizando en los últimos meses una charla en diferentes "Casales" de la ciudad de Barcelona. Su denominador común ha sido la buena acogida lastrada por una difusión dispar. 
Aspiraba a poner de relieve algunos aspectos de la legislación penal como herramienta de control social, pero exhibiendo esta obviedad con una exponencial carga sociológica. Mi idea era desarrollar la explicación para "legos" y dicha máxima seguirá presidiendo este artículo. Vamos.

En cualquier manual de Derecho se os dirá que el delito es una "acción u omisión, típica, culpable y antijurídica", pero un delito es mucho más que eso, es la mayor muestra de "construcción social" contemporánea. Dentro del pensamiento del construccionismo, dicha expresión es un concepto o una práctica que pueden aparecer naturales y obvios a los que la acepten, pero en realidad es una invención o artefacto de una cultura o de una sociedad particular. Traslademos la abstracción a nuestro campo jurídico-penal; el delito de adulterio estaba vigente en el Estado Español hasta 1978, antes de esa fecha "engañar" a tu pareja podía llevarte a la cárcel, especialmente si eras mujer, ya que el hombre tenia cierta dispensa legal como consecuencia del machismo imperante en aquel contexto histórico. Hoy en día hablar de adulterio a nuestra generación puede parecer un referente exótico, pero fueron nuestros progenitores quienes vivieron en esa tipología penal. ¿Cuantos artículos del Código Penal se verán tan obsoletos como éste dentro de 34 años? ¿Cuantas de las reglas que nos han sido impuestas proceden de un "error intelectual" contemporáneo? La respuesta la va a marcar la evolución del supuesto "consenso social". Digo supuesto porque el delito además de una "acción u omisión, típica, culpable y antijurídica", además de la mayor muestra de la ideología social de una nación determinada, es en la sociedad capitalista un instrumento de control por parte de la élite dominante.

Recopilemos algo de la dialéctica marxista y su omnipresente "lucha de clases". Bajo este criterio el desarrollo de las figuras delictivas vendrá determinada por el estrato social del infractor -porque hoy en día vivimos por estratos sociales y él que diga que no es un embustero-. En ese sentido, si el autor pertenece a la clase social subordinada, el delito será la expresión de las contradicciones entre los medios productivos y la distribución de la riqueza. ¿Qué quiere decir esto? Que recuperando tendencias anómicas tan en boga en la criminología de los años 30, una gran mayoría de ilícitos para esta clase vendrán determinados por la imposibilidad de alcanzar el éxito material - objetivo último de toda ordenación capitalista- mediante las vías "legales". En la cárcel lo que encuentro es POBREZA, aspecto que pone de relieve que los marginales, inmigrantes o reincidentes crónicos, no delinquen por tal condición, si no por la inexorable influencia de su contexto socioeconómico.

En cambio, cuando el autor pertenece a la clase dominante, el delito se explica por la relación entre procesos legales e ilegales de acumulación de capital y su relación con la esfera política. ¿De qué estamos hablando? De que los Correas, Urdangarines y Rocas han quebrado - y sobre todo que a éstos los han cogido- las reglas de la idiosincrasia capitalista, obteniendo mediante procesos antijurídicos ventajas sobre el resto de componentes de la oligarquia financiera. Con ello tampoco puede ser condescendiente la élite dominante.

Evidentemente, nos quedaría un tercer grupo de delitos, los de tipo patológico y sin componente económico alguno, ya constatada su ínfima proporción desde autores del siglo pasado como Kropotkin -estandarte del anarcocomunismo-, estaríamos hablando de en torno al 7% de la población total carcelaria; esa misma que no cesa de aumentar a nivel mundial y nacional.

Ante este panorama, desde los herederos de la Criminología Crítica se viene abogando por posiciones funcionales que: permitan un uso decreciente de la pena privativa de libertad; una exponencial privatización de los conflictos de menor entidad a partir de la mediación; y, en términos Bakunianos, de la necesidad de una justicia colectivista que devuelva la controversia al pueblo y que se aleje de encriptados y rituarios procesos jurídicos, los cuales soslayan los intereses de la víctima y solo pretenden la inocuización del victimario. Agregado a ello, la implementación de sanciones alternativas, de labores en beneficio de la comunidad y que supongan un contacto y reparación directa con el bien jurídico dañado, son las únicas que cumplen el mandato constitucional. Porque para vuestro asombro el artículo 25.2 CE dice que las "penas estarán orientadas a la reinserción y reeducación del reo", una patraña difícil de constatar cuando se les aísla del medio al que pretenden reinsertar. 

En una situación de "emergencia constante" condicionada por el habitualmente llamado "legislador a golpe de telediario", el " derecho de resistencia" es más necesario que nunca.



José Manuel del Río
                                                                                                                                    Abogado Penalista 




9 comentarios:

  1. Ángulos Gutierrez27 de junio de 2012, 0:31

    me gusta la clasificación de los delitos dejando para el final lo de tipo patológico como introducción a al farsa que representa el mencionado art. 25 de la CE

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  2. Interesante artículo.

    A mi parecer, términos marxistas como 'lucha de clases' están ya desfasados por lo q ha ido demostrando la historia. El 'comisario comunista' ha resultado ser mucho más ineficiente gestionando los factores de producción (y mucho más duro en el uso de medios de represión social) q el empresario capitalista.

    Por q? Entre muchos factores q no cabrían aquí, el empresario 'capitalista' responde de sus errores con la quiebra de su empresa e incluso por su mala administración.
    El 'comisario comunista', al ser un cargo politizado-ligado al poder, no.

    Exactamente -y ojo al paralelismo q voy a hacer ahora- como los altos directivos de los bancos de nuestro actual sistema capitalista en q los bancos, al ser pieza clave del sistema, se dotan de altos cargos directivos politizados/ligados al poder (léase Rato, etc.), q al final no sólo no responden de sus errores, sino q se retiran con un cuantioso 'golden parachute' a pesar de haber llevado a la quiebra a la entidad.

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  4. Volviendo al tema estrictamente Penal, está claro q en nuestra Constitución figura claramente q el fin de las penas es la reinserción del delincuente (cómo tb figuran el derecho a la vivienda, a la educación...)

    Sin embargo, como sabemos, los recursos de q dispone el Estado no son para nada ilimitados (y menos con la prima de riesgo limitando nuestro poder de endeudamiento por lo bien q lo hemos hecho).

    Recursos escasos para necesidades ilimitadas. Principio de toda economía.
    Dónde asignamos los recursos?
    Tal y como señalaba en una reciente entrevista el notable filósofo español Emilio Lledó, la prioridad es la EDUCACIÓN.
    Ella permite el progreso de un país y de sus gentes, y además previene q caigan en males como la ignorancia y la delincuencia.
    Dicho así queda muy bonito, pero está claro q esta es la senda a seguir, y q es mucho más sencillo y eficaz educar q 'RE-EDUCAR'.

    En mi opinión, a falta de recursos para conseguir la árdua y difícil renserción q pregona el mandato Constitucional, habrá q conformarse por el momento con la 'prevención' (q no es poco) e ir construyendo la casa desde los cimientos: la educación.

    Si tenemos un sistema productivo q no puede dar actualmente trabajo a gente más q preparada y honrada,.. Cómo vamos a sacar recursos de dónde no hay para 'reinsertar' a todos (o la mayoría de) los delicuentes?

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    1. Gracias por tus aportes Jordi. Mi posición personal no comulga necesariamente con el comunismo, sobre todo con los bizarros ejemplos de su práctica actual. No seré yo tampoco él que diga donde asignar los recursos tan limitados de los que "nos dicen" que disponemos, pero desde luego sé donde decirte que no tienen que ir, verdad? El artículo pretendia relativizar la figura del delito para los "legos" y poner de relieve que -como en tantas otras ocasiones-, es consecuencia directa, al menos en una grandísima proporción, de la irracionalidad del sistema financiero y por ende del capitalista. un saludo!

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  5. Respaldo totalmente tu ánimo divulgativo. Hasta el punto de q un vago redomado como yo acabe por escribir estos parrafones.
    Toda información a la gente en algo tan (intencionadamente?) críptico como el derecho es algo muy positivo, sobretodo en los tiempos q corren.
    Salut !

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